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Los regímenes laborales del Estado peruano, explicados

El Estado peruano no contrata con un solo régimen. La misma entidad puede tener, en la oficina de al lado, gente con contratos distintos, beneficios distintos y escalas de sueldo distintas. Saber cuál te toca antes de postular cambia lo que vas a cobrar y la estabilidad que vas a tener.

Lectura: 2 min Cifras al 29/07/2026

Los tres regímenes generales

A esos tres se suma la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, que creó un régimen único al que las entidades debían migrar. La transición lleva años y avanza entidad por entidad, así que en la práctica los cuatro conviven.

  • D.Leg. 276 — carrera administrativa. El régimen del nombramiento clásico: escala remunerativa propia, estabilidad y ascensos por concurso. Es el más antiguo y hoy se convoca poco.
  • D.Leg. 728 — actividad privada. Las mismas reglas del sector privado aplicadas a entidades públicas: CTS, gratificaciones y contrato a plazo fijo o indeterminado.
  • D.Leg. 1057 — CAS. Contratación Administrativa de Servicios. Es con el que el Estado contrata a la mayor parte de su personal hoy: vacaciones, EsSalud, pensión y aguinaldos, pero sin CTS.

Cómo saber cuál te toca

El régimen viene en la propia convocatoria, casi siempre en el número del proceso: un 'D.LEG 1057' es CAS, un '728' es actividad privada y un '276' es carrera administrativa. Si no aparece ahí, está en las bases.

No es un detalle administrativo. Entre un CAS y un 728 del mismo sueldo bruto hay diferencia real en lo que se cobra al año, porque las gratificaciones y la CTS no funcionan igual.

Qué pasa con el CAS

La Ley 31131, de 2021, dispuso la eliminación progresiva del régimen CAS y la incorporación de su personal a los regímenes 276 y 728. La implementación se ha ido difiriendo, así que el CAS sigue siendo, con diferencia, el régimen con el que más se convoca.

Para quien postula hoy esto no cambia nada inmediato, pero conviene saberlo: el régimen con el que entrás puede no ser el mismo con el que sigas dentro de unos años.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los regímenes generales del servicio civil?

Son tres: el D.Leg. 276 (carrera administrativa), el D.Leg. 728 (actividad privada) y el D.Leg. 1057 (CAS). A ellos se suma la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, que creó un régimen único al que las entidades están migrando de forma progresiva.

¿Cuál es la diferencia entre el régimen 728 y el CAS?

El 728 aplica las reglas laborales del sector privado: incluye CTS y gratificaciones, y admite contrato a plazo indeterminado. El CAS da vacaciones, EsSalud, pensión y aguinaldos, pero no CTS, y es siempre a plazo determinado.

¿Qué es el régimen 276?

Es la carrera administrativa pública, regulada por el D.Leg. 276. Funciona con una escala remunerativa propia, estabilidad en el puesto y ascensos por concurso. Hoy se convoca mucho menos que el CAS.

¿El régimen CAS se va a eliminar?

La Ley 31131 de 2021 dispuso su eliminación progresiva, pero la implementación se ha ido difiriendo y el CAS sigue siendo el régimen con el que más convoca el Estado peruano.

Esta guía explica el marco general. La fuente de verdad de cada proceso son las bases que publica la entidad convocante.